EMBARCACIONES ACEPTADAS
Lanchas, veleros, Jet Sky o motos de agua, semi rigidos y cruceros, solo utilizados con fines particulares de deporte y/o recreo.
USO DE LAS EMBARCACIONES
Destinadas a recreo, permitiéndose regatas para embarcaciones a vela, pero excluyendo
cualquier competencia de motonáutica o usos con fines de lucro.
FRANQUICIA
La franquicia de aplicación para todo reclamo cada accidente, excepto pérdida total, será:
• Franquicia 1%
Los porcentajes precedentemente indicados se considerarán sobre el valor de la embarcación al
momento del siniestro.
LIMITES DE NAVEGACIÓN
Los límites se establecerán en la póliza de acuerdo a las características y dotación de la
embarcación, siendo la mínima a otorgar la navegación en Río de la Plata interior, lagos, riachos
y lagunas dentro del territorio de la República Argentina, con sujeción a la autorización otorgada
por la Prefectura Naval Argentina.
La navegación oceánica podrá ser aceptada en forma condicional.
SERVICIO DE AUXILIO NAUTICO
La compañía brinda juntamente con la póliza un servicio de auxilio mecánico náutico, que
intervendrá en situaciones de real peligro para las personas o embarcaciones.
El mismo es totalmente gratuito y está destinado a salvar los desperfectos mecánicos ligeros
que se produzcan, resolviendo el inconveniente de ser posible en el lugar, o brindando
asistencia de remolque hasta puerto o lugar de abrigo donde pueda salvarse el problema.
Zona de Cobertura: en las tres secciones del Delta del Paraná incluyendo Zarate, Nueva
Palmira, Carmelo, Colonia, Hasta Dársena Norte.