Ramos de seguros es la agrupación de riesgos afines. El nombre de cada ramo representa un elemento común que le da origen.
La clasificación de los Ramos de seguros no puede ser absolutamente rígida, ya que el desarrollo humano y tecnológico va generando la aparición y modificación de sectores económicos y áreas de actividad o desempeño de las personas, lo que a su vez provoca la aparición de nuevos riesgos asegurables y/o la modificación de los ya existentes.
Esto requiere que la forma de clasificar los riesgos y los planes que proponen las aseguradoras para cubrirlos sea elástica, o que por lo menos sean actualizados periódicamente para que no pierdan vigencia.
Por otro lado, la modificación muy frecuente de este tipo de clasificaciones genera problemas de comparabilidad en el tiempo, lo que demanda una apreciación ajustada de los momentos en que realmente debe modificarse la lista de Ramos a utilizar. En esta Superintendencia de Seguros, existe actualmente una clasificación de Ramos, cuyos tres primeros niveles se incluyen a continuación.
CLASIFICACIÓN DE RAMOS
Seguros Patrimoniales
Accidentes a Pasajeros
Accidentes del Trabajo
Aeronavegación
Automotores Cascos
Automotores Responsabilidad Civil
Caución
Combinado Familiar e Integral de Consorcio
Crédito
Cristales
Ganado
Granizo
Incendio
Responsabilidad Civil
Riesgos del Trabajo (ART)
Riesgos Varios u Otros Riesgos Patrimoniales
Robo y Riesgos Similares
Técnico
Transportes Cascos
Transportes Mercaderías
Transporte Público de Pasajeros
Seguros de Personas
Accidentes Personales
Retiro Individual
Retiro Colectivo
Retiro Renta Vitalicia Previsional
Salud
Sepelio Individual
Sepelio Colectivo
Vida Individual
Vida Colectivo
Vida Previsional
Vida Obligatorio (DECRETO 1567/74)
Vida Obligatorio (TRABAJADORES RURALES)
Vida Obligatorio (TRIPULACIONES DE EMBARCACIONES DE PESCA)
Vida Obligatorio (ESPECTADORES DE JUSTAS DEPORTIVAS)
AUTORIZACIONES
Las aseguradoras radicadas en el país, deben gestionar ante esta Superintendencia la autorización para desempeñarse en cada uno de los ramos y planes.
Las entidades aseguradoras autorizadas a operar en los distintos ramos del seguro pueden utilizar los planes, cláusulas y demás elementos técnico - contractuales aplicables a los mismos sin necesidad de trámite previo alguno, siempre que los planes hayan sido aprobados mediante resoluciones de carácter general, caso contrario las aseguradoras deben solicitar la autorización con carácter particular o pueden utilizar los planes autorizados a otra entidad comunicándolo previamente a la Superintendencia de Seguros.
La lista de todas las Resoluciones de Carácter General aplicables a cada Ramo se incluye en archivo aparte.
También pueden consultarse archivos en los que se incluye el detalle de los Ramos autorizados para cada Entidad, las Entidades autorizadas a operar en cada Ramo y las Autorizaciones por Entidad.
Debe tenerse presente que la información allí incluida surge de los datos suministrados por las propias Entidades Aseguradoras en respuesta a la Circular SSN Nº 4.466, y que pudieron ser corroborados por esta Superintendencia de Seguros de la Nación.