Seguro de Caución
El seguro de caución garantiza el cumplimiento de una “obligación de dar, de hacer o de no hacer”, quedando expresamente excluidas las garantías de tipo financiero, o sea, las de pago de dinero por créditos comerciales, para lo cual existen otros tipos de coberturas denominadas seguros de crédito.
Las obligaciones susceptibles de ser garantizadas mediante este seguro por parte de las aseguradoras, se encuentran descriptas por la Ley nº 14.418 de Seguros, la Ley nº 20.091 de los Aseguradores y su Control y las reglamentaciones de la Superintendencia de Seguros de la Nación.
La compañía de seguros realiza un análisis de las empresas que solicitan los seguros, el cual se centra en dos aspectos:
1.Análisis de Riesgo del Tomador, este incluye aspectos relacionados con: - La Capacidad Técnica, incluye los logros o hitos más importantes alcanzados por el Tomador que hacen a la actividad que desempeña dicha empresa.
- Su Situación Económico/Patrimonial, se evalúan distintos aspectos financieros y patrimoniales que se desprenden de sus balances, además permite calcular el cupo operativo asignado a esa empresa.
- El carácter, es el componente subjetivo del análisis y consiste en evaluar el cumplimiento de todas las obligaciones asumidas por el Tomador a lo largo del tiempo.
2.Análisis del Contrato Principal: consiste en el análisis intrínseco de la operación a asegurar, determinando la garantía, extensión y finalización.
Beneficios de un Seguro de Caución
Mediante el seguro de caución, los clientes pueden acceder a una serie de beneficios que no son proporcionados por otros productos sustitutos, tales como: avales bancarios, títulos o depósitos de dinero en efectivo. A continuación enumeramos los más importantes:
1) Costo sensiblemente inferior al de otros productos.
2) La agilidad en el otorgamiento de la póliza, que permite brindar rápidas soluciones al tomador.
3) No afecta la capacidad crediticia del tomador en los bancos, ni inmoviliza parcialmente su patrimonio, permitiendo volcar toda su capacidad económico-financiera al desarrollo del proyecto.
4) Al no ser la ejecución del siniestro a primer requerimiento del asegurado, el tomador tiene la posibilidad de esgrimir defensas si las hubiera, antes de una eventual configuración de siniestro.
5) El asegurado cuenta con un análisis previo del tomador realizado por la aseguradora, mediante el cual se evalúa su capacidad para cumplir en tiempo y forma con las obligaciones asumidas.
6) En caso de utilizar las otras alternativas, el cliente puede ver como, arbitrariamente y en forma unilateral el asegurado puede ejecutar las garantías sin que exista incumplimiento con el objeto de sacar alguna ventaja adicional, financinándose parcialmente a través de la garantía.
Coberturas
1) Garantías para Obra Pública o Privada.
2) Garantías para Suministros y/o Servicios Públicos o Privados.
3) Garantías de Tenencia Pública o Privadas.
4) Garantías Aduaneras.
5) Garantías de Concesión.
6) Garantías Judiciales.
7) Garantías para el Ejercicio de una Actividad y/o Profesión.
8) Garantías de Alquiler.
Forma de Pago
Debito automático con tarjeta de crédito American Express, VISA, Diners Club, Mastercard y Cabal o debito automático desde caja de ahorro o cuenta corriente mediante CBU.